Invalidez del Novus Ordo Missae

 

* Este artículo apareció originalmente en la edición No. 29 de otoño de 1977, del Reinado de María (The
Reign of Mary)
. Fue reimpreso recientemente en una edición especial y conmemorativa (No. 100) de la misma revista, junto con varios de los más importantes artículos de las últimas tres décadas.

Una Contestación a William Most por su Defensa del Novus Ordo

Al editor se le pidió que contestara y comentara sobre una serie de artículos escritos por William Most, S.J., en los que defendía al Novus Ordo Missae contra las objeciones. Hemos tomado la libertad de publicar porciones de la contestación en esta edición, ya que muy bien puede servir para contestar las
preguntas de muchos que tienen dudas sobre el tema. El Sr. Most, veréis, tiene en sus argumentos por premisa mayor (y la repite muchas veces) la suposición de que la Autoridad Docente de la Iglesia ha decidido que el Novus Ordo es una Misa válida; y como debemos obedecer a la Iglesia, él concluye que debemos aceptar el Novus Ordo. Todos los argumentos que añade después son meramente, por propia admisión, para reforzar lo ya declarado, siendo en sí mismos inconclusos. Obviamente, sus argumentos son bastante fuertes en contra de los pseudo-conservadores que aceptan a Paulo VI y a los obispos heréticos, carentes ellos de toda autoridad. Nosotros, en esta publiación y en otras de nuestro catálogo, hemos demostrado concluyentemente que Montini era inelegible para el Papado debido a sus previas herejías y a la colaboración con gobiernos comunistas. Todo lo que nos resta es refutar los argumentos de apoyo del Sr. Most y, en ello, presentar alguna prueba importante para la invalidez del Novus Ordo.

Las Palabras de Consagración: ¿Qué es lo Esencial?

El Sr. Most arguye que puesto que las palabras “por muchos” se omiten en los relatos de la Última Cena del Evangelio de San Lucas y de la Primer Epístola de San Pablo a los Corintios, y también están ausentes en los escritos sobre la Misa de algunos Padres de la Iglesia, entonces no deben ser esenciales en las palabras de la Consagración (la forma del Sacramento de la Sagrada Eucaristía). Bien, de hecho, ninguno de los Evangelios, Epístolas, o escritos citados por el Sr. Most declaran tener alguna intención de dar las palabras precisas de la Consagración (aunque el hecho de que San Mateo y San Marcos
sí tengan las palabras “por muchos,” prueba concluyentemente que Nuestro Señor en realidad las pronunció).

Lo que realmente importa, sin embargo, es la enseñanza de la Iglesia sobre las formas de los Sacramentos. Sencillamente, ella enseña que ambos la materia y la forma de cualquier Sacramento
deben significar lo que el Sacramento efectúa. Esta doctrina se explica y se aplica en forma práctica en la Bula del Papa León XIII, Apostolicae Curae (sobre la Invalidez de las órdenes Anglicanas):

“Todos saben que los sacramentos de la Nueva Ley, como señales sensibles y eficientes de la gracia invisible, deben significar la gracia que efectúan, y efectuar la gracia que significan. Aunque la significación debe encontrarse en todo el rito esencial — es decir, en la materia y la forma — aún pertenece principalmente a la forma… las palabras que hasta recientemente eran sostenidas comúnmente por los Anglicanos como constityentes de la forma correcta de la Ordenación de sacerdotes — a saber, ‘Recibid el Espíritu Santo,’ ciertamente no
expresan definitvamente, en lo más mínimo, la Sagrada órden del Sacerdocio, o su gracia y poder… Esa forma, consecuentemente, no puede considerarse apta o suficiente para el sacramento el cual omite lo que necesariamente debe de significar.”

En realidad, la cuestión fue resuelta hace mucho cuando la Iglesia definió, en el Decreto a los Jacobitas (citado más adelante) y en el Decreto De Defectibus, que la forma de la Sagrada Eucaristía es la que se da en el Missale Romanum. Concerniente a la forma, dice:

“Pueden surgir defectos con respecto a la forma, si algo falta para completar las verdaderas palabras de la consagración. Las palabras de la consagración, que son el principio formativo de este Sacramento, son las siguientes: ‘Porque esto es Mi Cuerpo,’ y ‘Pues este es el Cáliz de Mi Sangre del Nuevo y Eterno Testamento: Misterio de Fe: que será derramada por vosotros y por muchos en remisión de los pecados.’ Si se hace alguna omisión o alteración en la fórmula de la consagración del Cuerpo y la Sangre, misma que envuelve un cambio en el significado, la consagración es inválida. Una añadidura hecha sin alterar el significado no invalida la consagración, pero el celebrante comete un grave pecado.”

Así, omitir la palabra “por” (enim) no envuelve un cambio en el significado, pero este no es el caso con
otras palabras, especialmente con “que será derramada por vosotros y por muchos en remisión de los pecados.” Pues estas palabras claramente significan la gracia que se confiere. Al contrario, las palabras, “Pues este es el Cáliz de Mi Sangre,” puestas solas, no significan la administración de la gracia del Sacramento.

“Muchos” vs. “Todos”

Lo que realmente está en cuestión con respecto al Novus Ordo es si el cambio de “por muchos” a “por todos los hombres” involucra o no un cambio del significado. El Sr. Most afirma que no. Argumenta que la palabra griega “polloi.” usada por los evangelistas en los relatos de la Última Cena (que significa “por muchos”), se usa en otras partes de la Escritura para significar “todos los de un gran grupo” (o, “todos que son muchos,” como el Sr. Most traduce); así, traducir “por todos” es en realidad lo mismo que “por muchos.”

Pero, si examinamos el uso actual en el Novus Ordo, veremos “por todos los hombres” en español. No encontraremos “por todos que son muchos,” sino “por todos los hombres,” punto. Ahora, por más que se esfurze la imaginación, no es posible que “por todos los hombres” signifique lo mismo que “por muchos” o aún “por todos que son muchos.” Estas dos últimas frases se refieren a los miembros de un gran y exclusivo grupo; “por todos los hombres” es exclusivo de nadie. “Por todos los hombres” es la traducción española oficial de la iglesia del Vaticano II.

El Catecismo del Concilio de Trento explca por qué se debe usar “por muchos,” i.e., el grupo exclusivo:

“Viendo la eficacia de la Pasión, creemos que el Redentor derramó Su Sangre para la  salvación de todos los hombres; pero viendo las ventajas que la humanidad deriva de
su eficacia, vemos, que no están extendidas a la totalidad, sino a una gran proporción de la raza humana… Con gran conveniencia, por tanto, fue que no se usaron las palabras ‘por todos,’ pues aquí (en el Sacramento de la Sagrada Eucaristía) solamente se habla del fruto de la Pasión, y a los elegidos únicamente trajo Su Pasión los frutos de salvación”.”

Así, los “muchos” son aquellos que realmente reciben el fruto de la Sagrada Eucaristía y la Misa; pues la
Misa es la renovación incruenta del Sacrificio de Cristo en el Calvario. (Referimos al lector a leer el artículo, Res Sacramenti, de Patrick Henry Omlor).

Ahora se vuelve más obvio que el “por todos los hombres” no guarda relación con los efectos del Sacramento; no todas las almas de los hombres reciben el fruto de la Pasión. Aquí hay una clara ilustración de otro Sacramento: si un sacerdote dijera al bautizar a un niño, “Bautizo a todos
los hombres, en el Nombre del Padre, etc.”, aunque tuviera la intención correcta, ¿sería válido el bautismo? Seguramente que no, y el Sr. Most sería el primero en decirlo. Este punto debería ser claro: en el Novus Ordo, las palabras “por todos los hombres” no expresan a aquellos a quienes la Sagrada Eucaristía efectúa la gracia; así, por este solo defecto, es inválida.

¿Realmente quizo San Pío V decir “a perpetuidad”?

El Sr. Most insiste en su tercer premisa mayor que la Bula papal, Quo Primum, del Papa San Pío V, es
mera legislación, y sujeta a los cambios de papas subsecuentes. Debe decirse que, de acuerdo a la definición de la Infalibilidad papal, un papa enseña infaliblemente en materias “que conciernen” la fe o la moral, etc. Ahora, Quo Primum, fue publicada para promulgar a perpetuidad el Misal Romano y el
Ordinario de la Misa; y esto para salvaguardar las doctrinas contenidas en la Misa. San Pío V vio que Lutero había destruído la Misa al cambiar las doctrinas en ella contenidas. A fin de perpetuar la validez de la Misa, publicó este decreto perpetuo. Ciertamente, entonces, concierne a la fe, y debe
aceptarse como libre de error. Todas las incoherencias del Sr. Most acerca de fórmulas de definción carecen de sentido. Este documento es esencialmente doctrinal, pues el Cánon de la Misa contiene el corazón de la doctrina Católica. Por tanto, este documento de ninguna manera puede compararse a las ordinarias leyes eclesiásticas, tales como las del ayuno, etc. San Pío V dice bien claro que este es un decreto solemne y perpetuo:

“Decretamos bajo pena de Nuestra indignación que nunca en ningún tiempo se añada, sustraiga, o cambie nada (en el Ordinario de la Misa); esto lo determinamos y ordenamos a perpetuidad por virtud de esta constitución… Asimismo determinamos y declaramos que ninguno sea compelido o presionado por nadie a cambiar este Misal, o que estas letras puedan en tiempo alguno ser retiradas o restringida su efectividad, sino que siempre pueda mantenerse firme y fuerte en todo su vigor.”

Si esto no es lo suficientemente solemne para el Sr. Most, el editor no sabe ya qué es.

Entonces, ¿San Pío V realmente quizo decir “a perpetuidad”? Si el lector cree que cuando un Papa habla, es Cristo quien habla a través de él, es obvio que San Pío V habló en serio.

La intención del Sacerdote: Ofrecer Sacrificio

A juicio del editor, la evidencia más concluyente contra del Novus Ordo es su definición oficial: “La Cena del Señor, o Misa, es una reunión o asamblea sagrada del Pueblo de Dios, reunidos bajo la presidencia del sacerdote, para celebrar el memorial del Señor (No. 7, Institution Generalis, c. 2: De Structura Missae).”

El Sr. Most dice que puede mostrarnos referencias al sacrificio en el Novus Ordo, aunque sean pocas. Pero en el Estudio Crítico del Novus Ordo Missae (presentado por el Cardenal Ottaviani a Paulo VI como protesta contra la Nueva Misa), se pregunta “¿A qué sacrificio se refiere? ¿Quién es el oferente?” Ni una sola respuesta.

Examinemos estas pocas referencias en las “Oraciones Eucarísticas.” En la Oración I (llamado el “canon
romano,” porque es la menos herética), hay cerca de media docena de referencias a un tipo de sacrifico. Pero, ¿qué tipo de sacrificio es? ¿Uno de propiciación por los pecados, como la verdadera Misa debe ser? Seguramente que no; no hay ni una sola mención de la remisión de los pecados. En la Oración
Eucarística II solamente se encuentra “… te ofrecemos, Padre, este pan de vida, esta copa de salvación.” La Oración Eucarística III suena como un servicio Bautista: la “ofrenda” ya nos ha “reconciliado” con el
Padre. Ya ha “hecho nuestras paces” con Dios. ¿Es este un sacrificio de propiciación? No, es una “reunión de salvación” protestante. La Oración Eucarística IV es peor; ahora, el “sacrificio” trae la “salvación a todo el mundo” (a “todos los hombres”).

Si un sacerdote tiene la intención de ofrecer un “memorial” en lugar de un Sacrifico de propiciación,
su intención es inválida. En Apostolicae Curae, el Papa León XIII enseñó:

“…si el rito [en este caso, de la Misa y la Sagrada Eucaristía] se cambia, con la manifiesta intención de introducir otro rito no aprobado por la Iglesia y de rechazar lo que la Iglesia hace, y lo que por institución de Cristo pertenece a la naturaleza del Sacramento, es entonces claro que no solamente falta la intención necesaria al sacramento, sino que la intención es adversa y destructiva del Sacramento.”

Papa Eugenio IV

El Sr. Most declara que el Papa Eugenio IV “ordenó que las palabras ‘pro multis’ se insertaran en las palabras de la consagración.” Él alega que entonces antes debieron de omitirse frecuentemente, y pregunta “¿Acaso abandonó Cristo a su Iglesia, dejando inválidas muchas Misas antes del siglo 15 y el Papa Eugenio?” Este un astuto sofisma. Pues Eugenio IV no ordenó que estas palabras se insertaran en la Misa Católica, sino que publicó estos decretos en unión con el Concilio de Florencia, para los cismáticos griegos y aremnios, y para los Jacobitas. Estos decretos (particularmente para los Jacobitas) demandan que se examine la ortodoxia de los cismáticos en cierto número de cuestiones antes de que se reconcilien con la verdadera Iglesia. De hecho, el Decreto a los Jacobitas definió:

“En la consagración del Cuerpo del Señor se usa esta forma de palabras: ‘Porque esto es Mi Cuerpo;’ pero para la Sangre: ‘Pues este es el Cáliz de Mi Sangre, del Nuevo y Eterno Testamento: Misterio de Fe: que será derramada por vosotros y por muchos en remisión de los pecados’.”

 

Regresar al índice en español